Como trabajador tienes ingresos por los que se paga impuesto como son:
- Del aguinaldo que recibes hasta 30 unidades de medida y actualización.
- De la prima vacacional hasta 15 unidades de medida y actualización.
- Del reparto de utilidades que te da la empresa hasta 15 unidades de medida y actualización.
Tienes derecho a deducir gastos personales, entre otros, los siguientes:
- Gastos médicos, dentales, hospitalarios, incluyendo servicios profesionales de psicología y nutrición.
- Gastos funerarios.
- Intereses reales y devengados por créditos hipotecarios.
- Donativos.
- Lentes.
- Colegiaturas.
Puedes elaborar tu declaración anual aún cuando no estés obligado a hacerla para restar tus deducciones personales y en su caso, obtengas un saldo a tu favor.
El patrón no te retiene impuesto si ganas hasta un salario mínimo en forma mensual.
Fuente: https://www.sat.gob.mx